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Verifactu: guía completa del nuevo sistema fiscal español (2026)

May 14, 2026

Verifactu es el sistema de registro y remisión de facturas establecido por el Real Decreto 1007/2023, aprobado al amparo de la Ley Antifraude 11/2021. Exige que todo software de facturación genere cada registro con una cadena de hash encadenado, firma electrónica y código QR verificable en los servidores de la AEAT. La obligación entró en vigor el 1 de enero de 2026 para la generalidad de autónomos y pymes no integrados en el Suministro Inmediato de Información.

El sistema lleva años en preparación, pero su entrada en vigor en enero de 2026 lo convierte en una realidad operativa para más de 3,7 millones de autónomos activos en España y un número amplio de pymes con facturación inferior a 6 millones de euros. Entender qué regula exactamente, qué diferencia a sus dos modalidades de cumplimiento y cómo se relaciona con el SII, con Facturae o con la Ley Crea y Crece resulta indispensable para cualquier asesoría que gestione la facturación de clientes sujetos al IRPF o al Impuesto sobre Sociedades.

Qué es Verifactu y por qué existe

Durante años, determinado software de facturación permitió a algunas empresas generar facturas, imprimirlas, cobrarlas y eliminarlas del sistema antes de cualquier revisión fiscal. Esta herramienta, conocida coloquialmente como software de doble uso o de caja B, vaciaba de utilidad los libros contables como instrumento de control tributario. La magnitud del fraude asociado a esa práctica motivó que la Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, habilitara al Gobierno para regular técnicamente cómo deben funcionar los programas de facturación.

El resultado es el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, que aprueba el Reglamento de requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales (RRSF). El decreto no establece un formato de factura concreto; establece un conjunto de reglas técnicas que el software debe cumplir para garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación.

En sentido estricto, "Verifactu" designa la modalidad de cumplimiento que implica el envío en tiempo real de cada registro a la AEAT. Sin embargo, en el uso habitual del sector fiscal y contable, el nombre alude a todo el sistema regulado por el Real Decreto 1007/2023, incluida la modalidad alternativa sin envío inmediato. Esta guía utiliza el término en su acepción amplia.

Las dos vías de cumplimiento del Real Decreto 1007/2023

El reglamento reconoce dos modalidades para satisfacer la obligación de integridad e inalterabilidad de los registros. La elección corresponde al software, no al usuario final, aunque el contribuyente tiene la responsabilidad de comprobar que su herramienta aplica correctamente alguna de ellas.

Sistemas Verifactu: envío en tiempo real a la AEAT

Bajo esta opción, el software transmite cada registro de facturación a la AEAT inmediatamente después de generarlo, a través del servicio web que la Agencia Tributaria pone a disposición de los operadores. La AEAT devuelve un código de respuesta que queda vinculado al registro. El proceso ocurre de forma automática, sin intervención del usuario.

El código QR que aparece en cada factura contiene la URL de validación de la AEAT, donde cualquier destinatario puede comprobar que el documento fue registrado. Si el receptor escanea el QR y la factura no aparece en los servidores de Hacienda, dispone de un indicio objetivo de irregularidad.

Sistemas No Verifactu: registro local cifrado con cadena de hash

La segunda modalidad no exige conexión permanente con la AEAT, pero impone requisitos técnicos equivalentes en cuanto a integridad. El software genera cada registro de facturación, le aplica un hash SHA-256 que incorpora el hash del registro anterior (cadena de huellas), lo firma electrónicamente con un certificado reconocido y lo almacena en un fichero inmutable estructurado según el esquema XSD publicado por la AEAT.

El registro completo, con todos los eventos de auditoría asociados, debe estar disponible para su remisión a la AEAT en cualquier momento que esta lo requiera durante una inspección. La ventaja principal de esta modalidad es la independencia de la conectividad; el inconveniente es una mayor complejidad de implementación.

Verifactu, Sistemas No Verifactu y SII: tabla comparativa

Característica Sistemas Verifactu Sistemas No Verifactu SII
Marco normativo Real Decreto 1007/2023 Real Decreto 1007/2023 Real Decreto 596/2016
Destinatarios principales Autónomos y pymes no sujetos al SII Autónomos y pymes no sujetos al SII Grandes empresas (volumen > 6 M EUR), REDEME, grupos IVA
Envío de datos a la AEAT Tiempo real, factura a factura Bajo requerimiento de inspección Plazo máximo de 4 días hábiles por factura emitida
Hash encadenado obligatorio No aplica
Código QR en la factura No aplica
Validación pública en tiempo real Sí, mediante URL de la AEAT en el QR No disponible en tiempo real No aplica
Obligatorio desde 1 enero 2026 1 enero 2026 1 julio 2017
Sanción por software no conforme 50 000 EUR por ejercicio fiscal 50 000 EUR por ejercicio fiscal Régimen sancionador propio del SII

Quién está obligado y desde cuándo

El Real Decreto 1007/2023 afecta a todos los empresarios y profesionales sujetos al IRPF o al Impuesto sobre Sociedades que expidan facturas en el ejercicio de su actividad. El criterio de exclusión más relevante es la sujeción al SII: quienes ya remiten información bajo ese régimen no aplican el Real Decreto 1007/2023.

La exclusión por SII alcanza a las empresas con volumen de operaciones superior a 6 millones de euros en el ejercicio anterior, a las inscritas en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME) y a los grupos de IVA. Para el resto, la obligación entró en vigor el 1 de enero de 2026.

En el País Vasco y Navarra, el sistema TicketBAI cumple funciones análogas y tiene calendario propio. Sus contribuyentes no quedan sujetos al Real Decreto 1007/2023 mientras apliquen TicketBAI de forma correcta.

El colectivo afectado abarca a los más de 3,7 millones de autónomos activos en España y a las pymes con facturación inferior a 6 millones de euros que no estén en REDEME ni en grupos de IVA. En términos prácticos, comprende a despachos profesionales, clínicas, agencias, pequeños fabricantes y prácticamente cualquier empresa de servicios.

Requisitos técnicos de cada registro de facturación

Cadena de hash (huella de factura encadenada)

Cada registro incluye una huella SHA-256 calculada sobre un conjunto especificado de campos del propio registro, concatenados con la huella del registro inmediatamente anterior. Esta estructura en cadena implica que cualquier modificación o eliminación de un registro intermedio altera todas las huellas posteriores, haciendo detectable la manipulación incluso sin acceso a los servidores de Hacienda.

Firma electrónica del registro

El registro debe estar firmado con un certificado electrónico reconocido. En la modalidad Verifactu, la firma se transmite junto con el XML al servicio web de la AEAT. En la modalidad No Verifactu, la firma queda almacenada localmente. La especificación técnica admite el formato XAdES, conforme al estándar ETSI EN 319 132.

Código QR obligatorio en el documento de factura

La factura entregada al cliente debe incluir un código QR que codifica la URL de verificación en los servidores de la AEAT. El tamaño mínimo recomendado por la AEAT es de 2,5 cm × 2,5 cm. La presencia del QR permite al receptor verificar la autenticidad del documento en cualquier momento.

Esquema XSD y servicio web de envío

La AEAT publica el esquema XSD que define la estructura del XML de cada registro. El servicio web acepta mensajes SOAP con bloques de hasta 1 000 registros de facturación por llamada y devuelve una respuesta con el código de aceptación o rechazo de cada uno.

Verifactu frente a otros sistemas del ecosistema fiscal español

Verifactu y el SII: regímenes paralelos para destinatarios distintos

El SII obliga a determinadas empresas a remitir a la AEAT el detalle de sus facturas emitidas y recibidas en un plazo máximo de cuatro días hábiles. El ámbito subjetivo es radicalmente diferente al de Verifactu: grandes empresas por volumen, grupos de IVA e inscritos en el REDEME. El SII registra el contenido del libro de facturas; Verifactu certifica la integridad del software que genera esas facturas.

Verifactu y Facturae: capas tecnológicas que no compiten

Facturae es un formato XML de factura electrónica, utilizado principalmente en la contratación pública. Define cómo se estructura el contenido de una factura. Verifactu define cómo debe comportarse el software que genera esa factura y cómo se transmite la información de integridad a la AEAT. Son capas tecnológicas que operan en momentos distintos del proceso de facturación.

Verifactu y la Ley Crea y Crece: obligaciones que se acumulan

La Ley 18/2022 obliga a las empresas a emitir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones B2B. Verifactu y Crea y Crece regulan aspectos distintos. La Ley 18/2022 afecta al formato en que se intercambian las facturas entre empresas; el Real Decreto 1007/2023 afecta al software con que se generan esas facturas. Una empresa puede estar sujeta a ambas obligaciones de forma simultánea.

Cómo debe adaptarse el software de facturación

El impacto más directo del Real Decreto 1007/2023 recae sobre los proveedores de software de facturación. La Ley Antifraude 11/2021 establece una sanción de 150 000 euros por ejercicio fiscal para quienes comercialicen herramientas de facturación no conformes con los requisitos técnicos exigidos.

Herramientas con amplia implantación en el tejido empresarial español, como Holded, Anfix, Sage 50 España, Quipu, A3 ERP y Contasimple, incorporaron el motor de hash encadenado, la firma electrónica y el módulo de envío a la AEAT en sus versiones publicadas a lo largo de 2025.

La situación es diferente para quienes facturaban mediante hojas de cálculo de Excel, documentos de Word o aplicaciones de diseño gráfico. Ninguna de esas herramientas puede generar el hash encadenado, la firma electrónica ni el código QR que exige el reglamento. Desde el 1 de enero de 2026, su uso para emitir facturas expone al contribuyente a la sanción de 50 000 euros por ejercicio.

El régimen sancionador: dos tramos, cuantías fijas

La Ley Antifraude 11/2021 introdujo dos infracciones específicas vinculadas al incumplimiento de los requisitos del Real Decreto 1007/2023. La primera afecta a los contribuyentes que utilicen software no conforme para emitir facturas: la sanción asciende a 50 000 euros por cada ejercicio fiscal en que se produzca el incumplimiento.

La segunda infracción afecta a los fabricantes y distribuidores de software de facturación que comercialicen productos sin los requisitos técnicos exigidos. La sanción es de 150 000 euros por ejercicio. A diferencia de otras infracciones tributarias, estas multas tienen cuantía fija, lo que elimina la posibilidad de argumentar proporcionalidad en función del tamaño de la empresa infractora.

Dónde encaja Lido en el ecosistema Verifactu

Lido es una plataforma de extracción de datos por IA sin plantillas, diseñada para capturar la información de facturas recibidas con independencia de su formato. No genera facturas ni actúa como software de facturación: su función se sitúa aguas arriba del proceso contable, en el momento en que la empresa recibe documentos de proveedores, clientes extranjeros o contrapartes.

El escenario habitual es el siguiente. Una pyme española recibe cada mes entre 80 y 300 facturas de proveedores en PDF, algunas con formato estructurado y otras como imágenes escaneadas. Antes de registrar esas facturas en el software contable o en el ERP, alguien debe extraer los datos relevantes: NIF del proveedor, número de factura, fecha, base imponible, cuota de IVA, total. Lido realiza esa extracción de forma automática, sin necesidad de configurar plantillas específicas por cada proveedor.

El Real Decreto 1007/2023 no regula las facturas recibidas, sino las emitidas. Sin embargo, la coherencia entre los libros contables del receptor y los datos que la AEAT obtiene sobre las facturas emitidas por los proveedores adquiere mayor peso a medida que la Agencia amplía su capacidad de cruce de información.

Lido procesa hasta 42 000 páginas al año en su modalidad Scale (7 000 USD anuales) y 100 páginas al mes en Standard (29 USD mensuales). Existe una prueba gratuita de 50 páginas sin necesidad de tarjeta de crédito.

Preguntas frecuentes

¿Qué es exactamente Verifactu?

Verifactu es el conjunto de requisitos técnicos que establece el Real Decreto 1007/2023 para los programas informáticos que soportan procesos de facturación. Exige que cada registro de factura incluya una huella SHA-256 encadenada con el registro anterior, una firma electrónica y un código QR vinculado a los servidores de verificación de la AEAT.

¿Desde cuándo es obligatorio usar software conforme al Real Decreto 1007/2023?

La obligación entró en vigor el 1 de enero de 2026 para la generalidad de autónomos y pymes no integrados en el SII. Desde esa fecha, emitir facturas con software no certificado puede dar lugar a una sanción de 50 000 euros por ejercicio fiscal.

¿Cuál es la diferencia entre Verifactu y el SII?

El SII se aplica a grandes empresas con volumen de operaciones superior a 6 millones de euros, grupos de IVA y los inscritos en el REDEME, y consiste en remitir a la AEAT el detalle del libro de facturas. Verifactu se aplica a autónomos y pymes fuera del SII y certifica la integridad del software que genera las facturas. Ambos regímenes son mutuamente excluyentes.

¿Puede seguir usándose Excel o Word para emitir facturas?

No. Las hojas de cálculo y los procesadores de texto no pueden generar el hash encadenado, la firma electrónica ni el código QR que exige el Real Decreto 1007/2023. Cualquier autónomo o empresa que emita facturas mediante esas herramientas desde el 1 de enero de 2026 incumple la normativa y queda expuesto a la sanción de 50 000 euros por ejercicio fiscal.

¿Qué diferencia hay entre la modalidad Verifactu y la modalidad No Verifactu?

Ambas modalidades están reguladas por el mismo Real Decreto 1007/2023 y comparten los requisitos de hash encadenado SHA-256, firma electrónica y código QR en la factura. En la modalidad Verifactu, el software envía cada registro a la AEAT en tiempo real; en la modalidad No Verifactu, los registros se conservan localmente de forma inmutable y solo se transmiten cuando la AEAT los requiere en una inspección.

¿Afecta Verifactu a las facturas que recibe la empresa de sus proveedores?

No directamente. El Real Decreto 1007/2023 regula el software con el que se generan las facturas emitidas, no el tratamiento de las facturas recibidas. Sin embargo, la empresa receptora sigue obligada a registrar correctamente esas facturas, y la coherencia con los datos disponibles en la AEAT adquiere mayor peso a medida que la Agencia amplía su capacidad de cruce de datos.

¿Qué relación tiene Verifactu con TicketBAI?

TicketBAI es el sistema equivalente de los territorios forales del País Vasco y Navarra. Sus contribuyentes no quedan sujetos al reglamento estatal mientras apliquen TicketBAI correctamente. Ambos sistemas comparten la arquitectura técnica de base: hash encadenado, firma electrónica y código QR.

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