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Factura electrónica para autónomos: guía 2026

May 14, 2026

Desde el 1 de enero de 2026, los autónomos que emiten facturas con software informático deben usar un programa certificado Verifactu según el Real Decreto 1007/2023. Esta obligación no es lo mismo que la factura electrónica en formato estructurado que exigirá la Ley Crea y Crece cuando se publique su reglamento. Si facturas a una administración pública, el formato Facturae ya es obligatorio para cualquier importe desde 2023. Si recibes facturas de proveedores en PDF y las registras a mano en tu libro de IVA, hay métodos para reducir ese tiempo a minutos y eliminar errores de transcripción.

Un autónomo que factura 30.000 EUR al año puede gestionar en 2026 hasta tres marcos normativos distintos al mismo tiempo: Verifactu, que regula el software con el que emite sus facturas; Facturae, que aplica si algún cliente es una administración pública; y la futura obligación de facturación electrónica B2B derivada de la Ley Crea y Crece, cuyo reglamento de desarrollo seguía sin publicarse en mayo de 2026. Esta guía separa cada obligación.

Qué cambió el 1 de enero de 2026

El Real Decreto 1007/2023 estableció que a partir del 1 de enero de 2026 todos los autónomos y sociedades que emitan facturas con un programa informático deben utilizar un sistema certificado como Verifactu por la AEAT. La fecha es firme: no hubo prórroga.

La certificación no cambia el aspecto visual de la factura ni modifica el proceso de envío al cliente. El cambio es interno al software: el programa genera un registro de facturación por cada documento emitido con un hash encadenado al registro anterior, incorpora la firma electrónica del fabricante y añade un código QR que permite verificar la autenticidad en la sede electrónica de la AEAT.

Los registros pueden enviarse a la AEAT en tiempo real (modalidad Verifactu activa) o conservarse disponibles para cuando Hacienda los solicite. Los programas certificados gestionan esta elección en su configuración inicial.

Dos obligaciones que se confunden con frecuencia

La principal fuente de confusión en 2026 es que muchos artículos han mezclado dos obligaciones con fechas y alcances completamente distintos.

Verifactu es una norma sobre el software que utilizas para generar facturas. Entró en vigor el 1 de enero de 2026. No determina el formato en que debes enviar la factura a tu cliente. Puedes seguir enviando un PDF por correo electrónico, siempre que ese PDF lo haya generado un programa certificado.

La Ley Crea y Crece establece que las facturas entre empresas y autónomos deberán intercambiarse en un formato estructurado que el receptor pueda procesar automáticamente. Esta norma requería un reglamento de desarrollo que, a mayo de 2026, seguía sin publicarse. Cuando se publique, los autónomos con facturación anual inferior a 8 millones de EUR dispondrán de 24 meses de período de adaptación.

En la práctica, a mediados de 2026 la mayoría de los autónomos sigue enviando PDFs a sus clientes empresas y particulares. El cambio urgente es usar un software certificado Verifactu para generarlos.

Requisitos técnicos de Verifactu: qué debe hacer tu software

  • Generación de un registro de alta por cada factura emitida, con un campo de huella o hash que encadena ese registro con el anterior.
  • Inclusión de la firma electrónica del fabricante del software en cada registro.
  • Código QR en la factura que enlaza con la sede electrónica de la AEAT.
  • Envío de los registros a la AEAT en tiempo real o disponibilidad para solicitud en inspección.
  • Inalterabilidad de los registros generados.

Para verificar si un programa está certificado, la AEAT mantiene un registro público de sistemas de facturación informática consultable de forma gratuita desde su sede electrónica.

Sanciones por uso de software no certificado

El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria tipifica como infracción muy grave la producción, comercialización o tenencia de software que no cumpla los requisitos Verifactu. La sanción al fabricante puede alcanzar los 50.000 EUR por cada ejercicio fiscal.

Para el autónomo que utiliza un software no certificado, la sanción directa es de 1.000 EUR por ejercicio. Sin embargo, si durante una actuación de comprobación Hacienda detecta que el software permitía la manipulación de registros y que esa capacidad se utilizó para ocultar ingresos, se añade la regularización de cuotas de IVA no ingresadas con un recargo del 50%.

Software certificado para autónomos en 2026

Software Precio plan básico Verifactu certificado Facturae B2G Modelos 130/303
Holded 14 EUR/mes
Quipu 9,50 EUR/mes
Anfix 19,90 EUR/mes Sí (módulo IRPF incluido)
ContaSimple 9,99 EUR/mes Limitado
FacturaDirecta 7 EUR/mes Básica
Sage 50 35 EUR/mes Sí (ERP completo)

La diferencia entre Sage 50 y el resto no es solo el precio. Sage 50 está orientado a autónomos con actividad compleja: gestión de stock, varias líneas de negocio. Para un autónomo que factura servicios, Quipu o ContaSimple cubren las funciones necesarias a coste inferior. El criterio de elección útil no es el precio mensual sino si el programa genera los modelos 130 y 303 automáticamente y permite compartir acceso con la asesoría.

Facturación a administraciones públicas: Facturae y FACe

Si alguno de tus clientes es una administración pública, la obligación de factura electrónica en formato Facturae lleva vigente desde 2015 para importes superiores a 5.000 EUR y desde 2023 para cualquier importe.

Facturae es un formato XML con estructura definida por el Ministerio de Hacienda. Debes generar el archivo en formato Facturae (versión 3.2.x) y enviarlo a través de FACe o del punto de entrada que use la administración. Los seis programas de la tabla incluyen la generación de Facturae.

Facturación B2B y Ley Crea y Crece

La Ley 18/2022 obliga a que todas las transacciones entre empresas y autónomos se documenten en facturas electrónicas en formato estructurado. El formato previsto en los borradores es Facturae para las facturas que circulen por plataformas de intercambio electrónico.

Los plazos que establece la ley son: 12 meses desde la entrada en vigor del reglamento para empresas con facturación superior a 8 millones de EUR anuales, y 24 meses para el resto. En un escenario en que el reglamento se publicase en el segundo semestre de 2026, la obligación para autónomos no sería exigible antes del segundo semestre de 2028.

Cómo integrar el software con tu asesoría contable

Si trabajas con una asesoría, el flujo más eficiente es: emites las facturas desde el software certificado, el programa las registra con su hash y las envía a la AEAT, y al cierre de cada trimestre exportas el libro de ventas en formato CSV o XML para que el asesor prepare el modelo 303 y el modelo 130. Los plazos: 20 abril (Q1), 20 julio (Q2), 20 octubre (Q3), 30 enero (Q4).

Algunas asesorías trabajan directamente como usuarios con permisos de solo lectura dentro de Holded o Quipu. Si tu asesoría no usa ninguno de estos programas, pide que te confirme el formato necesario antes de contratar el software.

Gestión de las facturas que recibes de proveedores

Un autónomo también recibe facturas de proveedores, y esas facturas tienen que registrarse en el libro de registro de facturas recibidas para poder deducir el IVA soportado en el modelo 303 y los gastos en el modelo 130.

El problema más habitual es que los proveedores siguen enviando facturas en PDF sin estructura de datos. Cada factura requiere extraer manualmente: NIF del emisor, fecha, descripción, base imponible, tipo de IVA, cuota e importe total. Un autónomo que recibe 40 facturas al mes puede dedicar entre 90 y 150 minutos mensuales solo a este proceso, con margen de error en la transcripción.

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Por qué el registro manual de facturas recibidas genera riesgo fiscal

Un error en el NIF del proveedor o en la base imponible registrada puede generar una discrepancia entre lo que declaras en el modelo 303 y lo que ese proveedor declara ante la AEAT. Hacienda cruza automáticamente la información de emisores y receptores. Cuando detecta que una deducción de IVA no coincide con lo declarado por el emisor, emite un requerimiento informativo que obliga a aclarar la discrepancia, presentar una declaración complementaria o devolver la cuota con intereses de demora.

Conservación de facturas: plazos y formato válido

La normativa tributaria establece que las facturas deben conservarse durante 4 años contados desde el último día del plazo voluntario de presentación del impuesto. El Código de Comercio establece un plazo general de 6 años para libros y documentos mercantiles. La práctica habitual entre asesores fiscales es conservar las facturas durante 10 años.

El formato digital es válido para la conservación. No es necesario guardar el papel original si el archivo digital garantiza la integridad. Los sistemas Verifactu cumplen ese requisito por diseño: el hash encadenado hace indetectable cualquier modificación.

Pasos concretos para cumplir en 2026

  1. Consulta el registro público de sistemas certificados de la AEAT para verificar si el programa que usas está homologado.
  2. Si no está certificado, contrata uno de los programas de la tabla antes de emitir tu próxima factura.
  3. Si facturas a administraciones públicas, confirma que el nuevo programa genera Facturae 3.2.x.
  4. Configura el acceso de tu asesor al programa o define el formato de exportación que usarás.
  5. Establece un proceso para las facturas de proveedor recibidas: descarga del PDF, extracción de datos y registro antes de cada cierre trimestral.
  6. Archiva todas las facturas en formato digital durante un mínimo de 6 años.

Preguntas frecuentes

Soy autónomo en estimación directa simplificada. ¿Tengo obligación de usar software Verifactu desde 2026?

Sí. El Real Decreto 1007/2023 obliga a todos los autónomos que emitan facturas con un programa informático a usar un sistema Verifactu certificado, independientemente del régimen de estimación. La única excepción son los autónomos que emiten sus facturas íntegramente en papel sin ningún soporte informático.

¿Puedo seguir usando Excel o Word para generar mis facturas?

No. Excel y Word no son sistemas Verifactu certificados y no generan el hash encadenado ni el código QR. El uso continuado desde el 1 de enero de 2026 puede dar lugar a una sanción de 1.000 EUR por ejercicio fiscal.

¿Qué es el código QR que aparece ahora en las facturas?

Es un código generado automáticamente por el software Verifactu que contiene un enlace a la sede electrónica de la AEAT. Cualquier persona que escanee ese código puede comprobar que la factura está registrada en Hacienda y que no ha sido modificada. La ausencia del código QR indica que el software no está certificado.

¿La Ley Crea y Crece ya obliga a enviar facturas electrónicas en formato estructurado a mis clientes empresas?

No todavía. A mayo de 2026, el reglamento de desarrollo seguía sin publicarse. Cuando se publique, los autónomos con facturación anual inferior a 8 millones de EUR dispondrán de 24 meses para adaptar sus sistemas. Mientras tanto, puedes seguir enviando PDFs si los genera un software Verifactu certificado.

¿Cuánto tiempo tengo que guardar mis facturas?

La normativa tributaria establece 4 años desde el final del plazo voluntario del impuesto. El Código de Comercio fija 6 años. La recomendación habitual es 10 años. El formato digital es válido.

¿Puedo deducir el IVA de una factura de proveedor que solo tengo en PDF?

Sí, siempre que el PDF contenga todos los elementos obligatorios: NIF del emisor, fecha, descripción del servicio o producto, base imponible, tipo de IVA y cuota. La AEAT no exige que las facturas recibidas estén en formato estructurado para admitir la deducción del IVA soportado.

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